¿Estás ante una póliza de seguros en la que, por un lado, se asegura un riesgo y, por otro lado, se excluye ese mismo riesgo de su cobertura? Esta exclusión supone dejar vacío de contenido la cobertura que previamente otorga la póliza.

Este tipo de cláusulas son las conocidas como delimitadoras de cobertura o limitativas de los derechos del asegurado y en la práctica no siempre han sido pacíficos los perfiles que presentan ambas cláusulas. Las fronteras entre ellas no son claras, e incluso hay supuestos en que las cláusulas que delimitan sorprendentemente el riesgo se asimilan a las limitativas de los derechos del asegurado.

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